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viernes, 29 de marzo de 2019

La soledad de la señora Vila

El servicio de ayuda a domicilio remonta en un año y alcanza los 4.659 usuarios en Gipuzkoa

Tras una pérdida de más de 1.000 personas en siete años, sube un 3,14% desde el acuerdo interinstitucional de 2017
Las ayudas por dependencia alcanzan los 62 millones y el 94% de las contratadas cuentan con la habilitación requerida
RUTH GABILONDO GORKA ESTRADA - Viernes, 29 de Marzo de 2019  



DONOSTIA
- El Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) de Gipuzkoa por fin empieza a remontar. Después de una caída del 18% de forma progresiva desde 2010, lo que se tradujo en una pérdida de más de 1.000 usuarios, el número de personas aumentó en tan solo un año un 3,14% tras el acuerdo de la mesa interinstitucional de servicios sociales de julio de 2017.
Ese año, un total de 4.517 personas contaban con este servicio, que aumentó en 2018 hasta llegar a los 4.659 usuarios, según informó ayer la diputada de Políticas Sociales, Maite Peña, en una comparecencia en las Juntas Generales en la última comisión de esta legislatura. “El reto era de pantalón largo y se ha cumplido el objetivo con satisfacción y con nota”, valoró.
Peña recordó que desde 2010 se venía viviendo en el territorio “una caída progresiva de la demanda” de este servicio histórico lo que, entre otras cosas, dificultaba el mantenimiento de las plantillas laborales subrogadas. El elevado precio que pagaban las familias en comparación con la oferta privada, la competencia que podía hacerle la Ley de Dependencia y que no cubriera los días festivos, así como los fines de semana, podían estar detrás de la paulatina caída de este servicio.Por ello, el acuerdo de 2017 planteó una serie de mejoras como una aportación económica máxima de 15 euros por hora para el usuario, la ampliación del calendario a todos los días del año, el aumento a cuatro horas al día como máximo y que se diera cobertura a colectivos distintos de las personas mayores, como personas con enfermedades mentales, con discapacidad o familias con menores a su cargo.
El objetivo, además de revitalizar el servicio, era que la Diputación reajustara su aportación al SAD, ya que iba a asumir todos los gastos derivados de la integración de las residencias municipales en Kabia. De esta manera, redujo su financiación al 50% y el otro 50% pasaban a asumirlo los municipios. Además, un 25% de la aportación foral a este servicio quedó condicionada a la aplicación de determinadas mejoras, una liquidación que se realizará a finales de este 2019, según explicó Peña, por lo que todavía no existe una valoración concreta.
La diputada insistió ante las Juntas Generales en el positivo cambio de tendencia tras el acuerdo y confió en que el servicio logre seguir aumentando el número de usuarios. En este sentido, señaló que en el primer trimestre de 2017 había 3.886 personas que disponían de este cuidado a domicilio, mientras que justo un año después el número aumentó en 96 personas, hasta las 3.982.
Además, afirmó que se han incrementado en un 12% las horas que se dedican al cuidado de personas a domicilio con respecto a antes del acuerdo de 2017 y que la Diputación asume ahora más casos. En este sentido, explicó que en 2017 un 38% de los usuarios los gestionaban los ayuntamientos y un 62% la Diputación, mientras que en 2018 los porcentajes variaron a un 24% y un 76%.
“La Diputación ha ejercido el liderazgo de afrontar el problema que tenía el SAD”, insistió Maite Peña en esta comisión de las Juntas Generales, en la que el juntero de EH Bildu Ernesto Merino cuestionó el recorte en la financiación a ayuntamientos por este servicio. “Han cobrado 3,7 millones de euros menos”, indicó Merino, a lo que Peña respondió que pese a no ser de su competencia, la Diputación aporta el 50%.
AYUDAS A LA DEPENDENCIA Por otra parte, la diputada de Políticas Sociales destacó que en 2018 -el primer año de implantación del decreto por el que se regulan las prestaciones económicas de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia- el gasto en ayudas a la dependencia ascendió a 62.597.528 euros, con un aumento de 2.485.431 respecto a 2017, es decir, un 4,13% más.
En concreto, el gasto destinado a personas con dependencia severa se incrementó en 2.647.492 euros, un 13% más, por lo que la cuantía media mensual se amplió en 44 euros (un 12% más que en 2017). En cuanto a los menores dependientes, el gasto subió en 424.387 euros, un ascenso del 15%, y la cuantía en 27 euros.
Asimismo, según los datos que aportó la diputada, 700 cuidadores han recibido la prestación y sigue prevaleciendo la de asistencia personal (PEAP) sobre la ayuda para cuidados en el entorno familiar (PECE), que bajó un 11% de 2017 a 2018.
EL 94% TIENE HABILITACIÓN En cuanto a las PEAP, el 94% de las personas contratadas cumplen con el requisito de tener la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes o la habilitación excepcional o temporal. Para el 6% que falta se ha ampliado el plazo hasta el 1 de julio de 2019 para que lo obtengan, según avanzó Peña.
Para poder evaluar que la atención que se presta en los domicilios a las personas dependientes es la adecuada, se ha diseñado un modelo de seguimiento y serán los ayuntamientos los que realicen a partir de este mes de abril una visita a las viviendas una vez cada dos años. “No es un control administrativo”, defendió la diputada.

PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL


PRESTACIONES  DE LA SEGURIDAD SOCIAL


PRESTACIÓN TEMPORAL DE VIUDEDAD (ART 222 DE LA LGSS))
Cuando el cónyuge superviviente no tuviese derecho a la pensión de viudedad, tendrá derecho a una prestación temporal de igual cuantía igual a la de la pensión de viudedad que le hubiera correspondido y con una duración de 2 (dos) años.


Subsidio temporal a favor de familiares
La finalidad del subsidio en favor de familiares es la de «subvenir o paliar la situación de necesidad motivada por el fallecimiento durante el inmediato período subsiguiente a éste».
Los beneficiarios son los hijos y hermanos del fallecido, que sean mayores de 22 años de edad, solteros o viudos.
La cuantía es el 20% de la BR (calculada como la de viudedad) y la duración es de 12 meses.


Auxilio por defunción (art 218 de la LGSS)
El beneficiario que haya soportado los gastos del sepelio.
Salvo prueba en contrario, se presume que dichos gastos los ha soportado, por este orden:
·         El cónyuge sobreviviente.
·         El sobreviviente de una pareja de hecho.
·         Los hijos
·         Los parientes del fallecido que conviviesen habitualmente con él.
La persona fallecida, debe encontrarse, en la fecha del fallecimiento, en alguna de las siguientes situaciones:
·         En alta o situación asimilada al alta.
·         Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente de nivel contributivo.

La cuantía  fija es de 46,50 euros.
Indemnizaciones a tanto alzado por Accidente de trabajo (AT) o Enfermedad Profesional (EP)
De acuerdo con el Art. 227 de la LGSS en caso de muerte causada por accidente de trabajo o enfermedad profesional, se concede a determinados beneficiarios, además de la correspondiente pensión, una indemnización a tanto alzado.
Los beneficiarios son:
1.       El cónyuge, excónyuge y/o pareja de hecho, beneficiarios de la pensión de viudedad.
2.       Los huérfanos, beneficiarios de la pensión de orfandad.
3.       Si no existen otros familiares con derecho a pensión por muerte y supervivencia, ni ellos mismos tuvieran derecho a ella, el padre y/o la madre que vivieran a expensas del fallecido.
La cuantía es:
1. Cónyuge, pareja de hecho o ex-cónyuge divorciado, separado o con nulidad matrimonial:
a)      Seis (6) mensualidades de la base reguladora de la pensión de viudedad.
b)      En el supuesto de concurrir más de un beneficiario, la distribución de la indemnización se realizará de la misma manera que la pensión de viudedad, incluida la garantía del 40% de la indemnización a favor del cónyuge sobreviviente o del que, sin serlo, conviviera con el causante y fuera beneficiario de pensión de viudedad.
2. Huérfanos:
                                                          Una (1) mensualidad de la base reguladora de la pensión de  
Orfandad, más la cantidad que resulte de distribuir entre los huérfanos las seis mensualidades de la base reguladora de la pensión viudedad si nadie tuviese derecho a ella.
3. Padre y/o madre:
a)      Nueve (9) mensualidades de la base reguladora, si se trata de un ascendiente.
b)      Doce (12) mensualidades de la base reguladora, si son ambos ascendientes.

Como excepción, en los supuestos de fallecimiento de pensionistas por incapacidad permanente derivada de contingencias profesionales, el cálculo de la indemnización se efectuará sobre la cuantía de la pensión que estuviera percibiendo el causante en el momento del fallecimiento.
La indemnización del cónyuge y de los hijos es compatible con las pensiones de viudedad y orfandad reconocidas a éstos. La indemnización de los ascendientes es incompatible con cualquiera de las pensiones de muerte y supervivencia que pudieran corresponderles a ellos o a otros familiares.


viernes, 15 de marzo de 2019

GRUPO MOTOR DE CUIDADOS AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA



 Rueda de Prensa celebrada en el Ayuntamiento de Donostia el 04 de Marzo 2019

Plataforma de cuidados: ASADE Elkartea, ELKARTU Elkartea, Mara-Mara elkartea, Bidez Bide elkartea, Caritas Gipuzkoa, Atzegi, Malen Etxea, Haurraldea Fundazioa, Agi, SOS Arrazakeria y Gipuzkoako Emakume Bananduen Elkartea.

Reivindicaciones concretas:

1.- Distinguir entre cuidadoras y empleadas de hogar, reconociendo que hay dos grupos profesionales diferentes con su propio perfil profesional.
2.- Garantizar condiciones dignas tanto para la persona cuidadora(en su mayoría mujeres) como para la persona cuidada.
3.- Las instituciones y los poderes públicos deben mejorar y cambiar las leyes para dignificar esos trabajos y lograr contratos que garanticen los derechos de las personas cuidadoras y los derechos de las personas cuidadas.
4.- Las leyes deben ser una herramienta para ayudar y no poder trabas a la hora de regularizar la situación laboral de las mujeres que ejercen cuidados tanto en el ámbito privado como en el público. La Administración pública tiene que priorizar a estas mujeres y facilitarles su continuidad en el puesto de trabajo, ofreciendo formación para mejorar su situación laboral.
5.- Dignificar el trabajo de las personas que se encuentran trabajando con régimen de pernocta (mal llamadas INTERNAS), para ir saliendo de situaciones de irregularidad que solo llevan a trabajos precarios y de explotación. Ofrecer, crear y promover recursos dirigidos a mujeres migrantes, para su empoderamiento y reivindicación de sus derechos como personas y como trabajadoras. 
6.- Crear espacios donde las personas puedan relacionarse para obtener soluciones reales.
7.- Campañas de concienciación, formación, inversión de recursos por parte de las Administraciones Públicas.
8.- Acabar con la precariedad laboral.
9.- Exigir que se cumplan los Planes de Igualdad y los Protocolos de atención en casos de acoso sexual y/o sexista, además de las medidas para conciliar la vida personal con la familiar y laboral.

El trabajo de los cuidados es responsabilidad de toda la sociedad y la Administración Pública debe dar servicios y recursos para el reparto equitativo y corresponsable  de los mismos.

La persona tiene que estar en el centro del sistema y no el dinero y el mercado.

Hay que pensar nuevas formas de actuación para construir nuevos modelos de cuidados.


REGISTRO HORARIO EN LAS EMPRESAS APLICABLE EL 12 DE MAYO 2019



Todas las empresas de España, independientemente del número de empleados que tengan en plantilla, cuentan con dos meses para decidir cómo van a llevar a cabo el registro horario de sus trabajadores, que deberá estar en funcionamiento desde el próximo 12 de mayo. 
Esta decisión deberá ser negociada con los sindicatos, estipula el Real Decreto-ley, pero en aquellos casos en los que no haya en la empresa representantes sindicales o en los que éstos no lleguen a un acuerdo con la dirección, será el empresario el que tenga la última palabra: él decidirá cómo lleva a cabo ese registro -en el que debe aparecer la hora de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada empleado-.
El formato (en papel, digital, telemático...) se decidirá "mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa", apunta la norma, que no precisa qué ocurre cuando en la compañía no hay representantes legales de los trabajadores.
Fuentes del Ministerio de Trabajo reconocen a este medio que la decisión "la tomará el empresario" pero, tanto si decide hacer el registro de una forma o de otra, el trabajador "tiene garantizado el acceso a su registro de horas". 
Las compañías deberán guardar esos registros durante cuatro años y ponerlos a disposición de sus trabajadores, los representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. 
Objetivo: acabar con las horas extra ilegales
El objetivo de esos registros es que queden por escrito los casos en los que los trabajadores hacen más horas extraordinarias de las permitidas, para que la Inspección pueda actuar en caso de que lo detecte poniendo las sanciones pertinentes. 
En España está permitido por ley que los trabajadores realicen hasta un máximo de 80 horas extra al año, que deberán ser abonadas o compensadas con descanso. 
Los trabajadores podrán acceder a sus propios registros y en caso de que detecten que han sido falseados (eliminando horas extra, por ejemplo) podrán denunciar a la empresa ante la Inspección. 

Cómo afecta a empresas y trabajadores el control del horario laboral
El nuevo redactado del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores exigirá a partir de ahora, que todas las empresas registren "día a día" la jornada realizada por su plantilla, haciendo constar el horario de entrada y de salida de cada persona trabajadora -no sólo de los contratos a tiempo parcial-. Además, se exigirá la conservación de esta información durante cuatro años, considerándose como infracción laboral grave la falta de registro de jornada, sancionable con una multa máxima de 6.250 euros.
Más allá de las posibles infracciones, es evidente que la Inspección de Trabajo, que lleva años persiguiendo este cambio, requerirá en todo caso que las empresas cuenten con sistemas de registro. Por tanto, sólo cabe plantearse cómo cumplir con las nuevas previsiones legales y las que a su vez puedan desarrollarse por la negociación colectiva.
·         De acuerdo con el criterio sentado por la Inspección de Trabajo en el año 2016, el tipo de sistema de registro resulta de libre elección para la empresa, siempre que el método utilizado garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada. Sin perjuicio de ello, los convenios colectivos podrían llegar a exigir la adopción de un sistema concreto.
·         Se pueden implementar tanto sistemas manuales, como podrían ser los relojes analógicos de fichaje, o digitales como podrían ser los registros de presencia automáticos. También cabe el uso de medios más o menos rudimentales como son las hojas firmadas por la plantilla o la implementación de medios tecnológicos, como pueden ser las aplicaciones informáticas que pueden llegar a instalarse en los dispositivos personales o profesionales de la plantilla.




jueves, 14 de marzo de 2019


https://www.ondacero.es/emisoras/pais-vasco/gipuzkoa-en-la-onda-07032019_201903075c811e300cf247bf2e00e4ca.html

LA ACTUALIDAD DE GIPUZKOA CON EDUARDO YAÑEZ

Gipuzkoa en la Onda 07/03/2019

Temas del día. Tráfico y tiempo. Fernando San Martín Director de cooperación de la Diputación de Gipuzkoa / UDALEKUAK 2019. Karen Olazábal Iturralde / departamento de marketing y comunicación del Casino Kursaal. Especial TERTULIA sobre el 8M. Boletín informativo. Avance Regional. Especial TERTULIA sobre el 8M con: Lala / Eulalia Díaz Aguado: ex-presidenta de ASADE...Hoy se negocia en el ayuntamiento entre otras cosas que ”la ayuda a domicilio contemple el tiempo de desplazamiento como tiempo efectivo de trabajo” Plataforma de ciudados. Itxaso Agirre Barandiaran: Sarea - Red de Acogida ciudadana. Susana Koska: Actriz, realizadora / documentalista y escritora...Mujeres en pie de guerra. Bolsa-Basar. Noticias del mediodía. Deportes. Música.

domingo, 10 de marzo de 2019

CONSEJO DE IGUALDAD DE DONOSTIA


Ciudad_greba

El consejo se sumó a la huelga feminista el 8 de marzo

Duñike Agirrezabalaga, concejala de Igualdad del Ayuntamiento de San Sebastián, convocó a participar en la huelga feminista el 8 de marzo. El Consejo de Igualdad se unió a la convocatoria de huelga en una reunión celebrada el 20 de febrero.
"Creemos en la prevención y la protección grupal, por lo que se han organizado dos líneas de trabajo siguiendo la línea de Autodefensa Feminista. La primera será dada por Isa Bernal el 30 de marzo. Esta sesión está dirigida a todas las mujeres. El segundo, el 6 de abril, lo dará Emagin en euskera, dirigido a niñas de 13 a 16 años ", explicó Agirrezabalaga. Ambas sesiones se llevarán a cabo en la Casa de la Mujer, en la calle Okendo número 9-10: 30-14: 30 y de 15:30 a 19:30.
El Departamento de Juventud del Ayuntamiento y Donostia Kultura también han organizado varias actividades. Los jóvenes dirigidos a jóvenes y jóvenes de Haurtxoko, Gazteleku y Etxarri, y Donostia Kultura, han organizado varias exposiciones, talleres y conferencias con las Asociaciones de Mujeres en Centros Culturales.
"Este es el año del año, y esto es lo que se entiende por la situación actual de la atención remunerada y no remunerada, así como a los responsables del sistema público. El movimiento feminista reclama la reorganización de la organización de la custodia de la tutela, el hecho de que este problema no se haya transpuesto y los derechos de las personas bajo custodia no se violen ", dijo Agirrezabalaga.
La plataforma Vigilance Works consta de 11 asociaciones. La plataforma ha organizado un punto de reflexión sobre estas situaciones para aprender sobre situaciones domésticas y trabajos remunerados. Ha participado en diferentes conferencias y trabaja con la Casa de Mujeres de San Sebastián, el Departamento de Igualdad y el Consejo de Igualdad.

lunes, 4 de marzo de 2019

CONSEJO DE IGUALDAD DEL AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA-SAN SEBASTIAN

El Consejo de Igualdad del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián en plenario celebrado el 20 de febrero de 2019, por unanimidad, acepta adherirse  y apoyar la huelga convocada por el Movimiento Feminista para el 8 de marzo de 2019.
Mediante la HUELGA FEMINISTA queremos poner en el centro la vida de las mujeres. Visibilizar y reivindicar los CUIDADOS como derecho social básico, como empleo digno y contra el precariado. Reivindicamos que se amplíe y garantice la red de cuidados, ya que es una necesidad social y una responsabilidad colectiva y política.
Solicitamos que se cumplan y revisen las políticas preventivas y de atención contra las violencias libres de violencia machista y sin miedo.
Este 8 de Marzo nos plantamos ante el capitalismo y ante el patriarcado, ante la heteronorma, el colonialismo y ante el capacitismo (cuestionamiento de las capacidades) contra las personas con diversidad funcional, exigiendo responsabilidad y apoyo real y económico por parte de las instituciones públicas para acabar con la desigualdad y la violencia machista.