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viernes, 16 de julio de 2021

NOTICIAS DE GIPUZKOA - CONSEJO MUNICIPAL DE CUIDADOS.

 

Donostia | Varias agrupaciones solicitan un consejo municipal de cuidados

EL OBJETIVO ES REDUCIR LA DESIGUALDAD EXISTENTE ENTRE MUJERES Y HOMBRES "REPLANTEANDO SU ORGANIZACIÓN SOCIAL Y ÉTICA"

noticias de gipuzkoa – 16.07.2021

DONOSTIA – Las asociaciones Asade, Elkartu, Mara-Mara elkartea, Bidez bide, Gautena, Arrats, Haurralde, Lagael, Plazandreok, Casa de las Mujeres y grupo de trabajadores del Hogar SOS Racismo han firmado un documento con el que solicitan al Ayuntamiento de Donostia la creación de un consejo municipal de cuidados.

Según explican en el texto, con este consejo se facilitaría la reducción de la desigualdad existente entre mujeres y hombres en tareas de cuidados, "replanteando la organización social y ética de los cuidados mediante una respuesta colectiva al problema".

"No podemos seguir creando empleos para el cuidado que impidan el cuidado personal e individual", afirman en el documento, asegurando que "una respuesta institucional es una necesidad inherente".

Para ello proponen una serie de acciones como la creación de servicios profesionales para atender las necesidades del cuidado, la profesionalidad en atención personalizada del SAD y una mayor cantidad de guarderías municipales y de centros de día.

"Incidir en una mayor configuración del empleo doméstico emplazaría más a repartir que a compartir el cuidado. Resulta incuestionable la prioridad de caminar hacia propuestas que aboguen por limitar, repartir y compartir el tiempo de todo el trabajo, no solo el remunerado", añaden en el texto.

REDUCIR EL IMPACTO LABORAL Esta comisión municipal abogaría por reducir el impacto laboral y económico a corto plazo, evitando así que "las mujeres cuidadoras en edad activa tengan un mayor riesgo de caer en la pobreza y de tener una mala salud".

Por todo ello, las asociaciones firmantes ven urgente diseñar un nuevo contrato social en el que las tareas sean asumidas como un tema de responsabilidad compartida entre el Estado, el mercado y la sociedad en general, pero también entre hombres y las mujeres dentro del hogar.

"Es hora de reconocer la contribución a la sociedad de quienes cuidamos de otras personas y, para ello, tenemos que recordar que desde hace unas décadas se aporta a la sociedad contribuyendo a la sostenibilidad de la vida", concluyen en el texto, que incluye diferentes leyes, decretos y normas referidas al cuidado.

 

miércoles, 14 de julio de 2021

SOLICITUD CREACION CONSEJO SECTORIAL MUNICIPAL DE CUIDADOS - AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA


FUNDAMENTACIÓN Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PARA LA CREACION DE UN CONSEJO SECTORIAL MUNICIPAL DE CUIDADOS.


 Cuando hablamos de los cuidados hablamos de responsabilidad mutua, de prioridad social, con un gran coste económico y personal. Si la sociedad no se hace responsable de las personas más desfavorecidas y dependientes, deshumanizamos los cuidados. Todas las personas somos social y humanamente interdependientes y necesitamos diversos cuidados a lo largo de nuestra vida. Recordemos que humanizar significa cuidar desde el respeto. 

El envejecimiento de la sociedad, la baja natalidad, la esperanza de vida nos hacen reflexionar que debemos construir desde la pluralidad, socializar los cuidados, no responsabilizar únicamente a las mujeres de ellos, y eso nos aboca en un cambio tanto de valores como de organización social, con una real igualdad de oportunidades y con una corresponsabilidad de los hombres. La sociedad va cambiando antes que las leyes, hacia nuevas formas de cuidado y actualmente estamos trabajando para cambiar y educar en un modelo de auténtica corresponsabilidad entre mujeres y hombres y por una distribución justa y equitativa de las tareas a realizar en el hogar familiar. El modelo que defendemos tiene como objetivo que la sociedad en general, y los hombres en particular, sean corresponsables en el sostenimiento de los cuidados así como garantizar los mismos con unos servicios sociales de calidad, en la atención a las personas dependientes, con diversidad funcional, a los/las recién nacidos/as y a los/las menores. El cuidado no es exclusivo del ámbito familiar o doméstico, sino que es una necesidad de todas las personas. Los cuidados a corto y largo plazo no pueden centrarse exclusivamente en cubrir las necesidades básicas de las personas mayores, ya que hay que atender otros aspectos fundamentales para su propia vida, su propia independencia emocional y su derecho a ser cuidada dignamente. Estos cuidados realizados por la familia, las instituciones públicas y el mercado formado por empresas con ánimo de lucro, además del voluntariado y las organizaciones del Tercer Sector, deben reorganizarse mediante un apoyo mayor de servicios públicos y reducir los horarios en las jornadas laborales además de apostar por un modelo de cuidados compartidos, universales y comunitarios. El dinero público es para amparar a la sociedad no para que algunos se lucren con ello.

 Incidir en una mayor configuración del empleo doméstico emplazaría más a repartir que a compartir el cuidado. Resulta incuestionable la prioridad de caminar hacia propuestas que aboguen por limitar, repartir y compartir el tiempo de todo el trabajo, no solamente del remunerado. 

 El objetivo es facilitar la reducción de la desigualdad existente entre mujeres y hombres en las tareas de cuidados, replanteando, la organización social y ética de los cuidados, mediante una respuesta colectiva al problema, y no responsabilizar únicamente a las mujeres, por ser una mano de obra barata, no remunerada. No podemos seguir creando empleos para el cuidado, que impidan el cuidado personal e individual. Las personas cuidamos a personas.

 Reorganizar la estructura laboral, la forma de educación de género, son urgencias que se plantean tras la crisis de cuidados, impulsada por el actual sistema socioeconómico.

 Resulta igualmente imprescindible eliminar la condición que prevé como único acceso a los servicios de dependencia, la prestación por cuidados en el entorno familiar, ampliando el foco a la responsabilidad compartida de los cuidados, Una respuesta institucional, a través de la creación de servicios profesionales para atender a las necesidades de cuidado, la profesionalidad en atención personalizada del SAD, mayor cantidad de guarderías municipales, de Centros de Día, así como respuestas comunitarias que refuercen los vínculos afectivos y a un modelo convivencial compartido, es una necesidad inherente

.La prioridad política debe establecer los cuidados sociosanitarios como base primordial, con un coste público y social para asegurar una calidad del servicio, una regulación laboral y una garantía al derecho de las personas a ser cuidadas en su entorno personal. Los cuidados son la columna vertebral de todas las sociedades, básicos para la supervivencia y que han ido adoptando distintas características según el lugar y el momento histórico.

 Los cuidados y servicios, apoyos prestados por la red, pueden ser remunerados o no, lo que origina el cuidado informal, sin retribución económica pero de un gran coste emocional y personal; y el formal, prestado por profesionales con un coste económico que puede estar subvencionado en parte por las instituciones públicas. Generalmente han sido las familias las que han prestado el cuidado informal en caso de enfermedades, de discapacidad, por accidentes, a las personas mayores dependientes y los cuidados en la infancia. Esta función ha recaído y recae, casi en exclusiva, en las mujeres del núcleo familiar, en las madres, cónyuges, hijas o hermanas de las personas dependientes. Es decir, el papel de la cuidadora es el elemento principal de la red informal.

 Por tanto, las políticas públicas dan por supuesto que las familias, y dentro de ellas las mujeres, deben asumir la provisión de bienestar de sus miembros. Lo que sigue penalizándonos. Esta asignación de tareas se realiza desde una perspectiva patriarcal profundamente arraigada en nuestra sociedad y que se basa en la división sexual del trabajo, por la que los hombres han accedido al empleo formal, al salario y a los derechos sociales, debido al rol de sustentadores de la familia que históricamente se les ha asignado; mientras que las mujeres han quedado adscritas a una situación de dependencia respecto a los hombres y han sido relegadas a la realización de las tareas menos valoradas (el trabajo de cuidado no remunerado), consideradas algo consustancial y natural al sexo femenino. Esto conlleva un elevado coste que asumen en exclusiva las mujeres por el hecho de cuidar. Que se refleja en términos de salud, calidad de vida, oportunidades de empleo, desarrollo profesional, impacto económico, relaciones sociales y disponibilidad del propio tiempo. Es decir, la salud de las mujeres que cuidan se ve más deteriorada que la de los hombres. Presentan peor salud general, más dolor y malestar, más enfermedades crónicas y hábitos de vida menos saludables, como escaso ejercicio físico, mala alimentación o un descanso insuficiente.

 Además, el cuidado se asocia a una mayor frecuencia de problemas de salud mental, como depresión, ansiedad y estrés. Pero es que además, el impacto laboral y económico de cuidar no solo se evidencia a corto plazo, sino que tiene también consecuencias en la vida de las mujeres que cuidan a más largo plazo: el abandono del empleo o la imposibilidad de acceso a él, lo que lleva consigo una disminución de los derechos a prestaciones sociales en un futuro (como las pensiones contributivas), reduciendo así nuestra capacidad adquisitiva incluso cuando ya no tenemos que responsabilizarnos del cuidado. La realidad es que las mujeres cuidadoras en edad activa, tienen un mayor riesgo de caer en la pobreza y de tener una mala salud. 

Dicho esto, reivindicamos que solo con un conjunto de prestaciones y servicios destinados a colaborar con las mujeres en el cuidado, se comenzaría a reparar la falta de equidad que, frente a los sistemas de protección social, se comete con las mujeres. Es necesario que el cuidado sea considerado una necesidad social básica y, por tanto, constituya un derecho de ciudadanía. No se trata de promover solamente una mayor oferta de cuidado, sino de universalizar la responsabilidad, la obligación, la tarea y los recursos necesarios para el cuidado, siendo la única manera de que se inserte como un derecho humano fundamental: el derecho a ser cuidado y cuidada, a cuidar y a cuidarse.

En conclusión, es urgente diseñar un nuevo contrato social en el cual las tareas de cuidado sean asumidas como un tema de responsabilidad compartida entre el estado, el mercado y la sociedad en general, pero también entre los hombres y las mujeres dentro de los hogares. En resumen una real corresponsabilidad en el cuidado diario. Es hora de reconocer la contribución a la sociedad de quienes cuidamos de otras personas y para ello tenemos que recordar que desde hace unas décadas se aporta a la sociedad contribuyendo a la sostenibilidad de la vida, la valiosa ayuda de un gran colectivo de mujeres migradas que trabajan de manera regular como cuidadoras, debido a la falta de mano de obra autóctona para atender a las personas dependientes , pero también existe la figura, bajo el contrato de hogar familiar, de mujeres migradas que están realizando tareas de cuidados, con un régimen de pernocta . Trabajos realizados en condiciones que vulneran sus derechos como mujeres y trabajadoras, situándolas en una situación de mayor vulnerabilidad en el mercado laboral (explotación, abusos, violencias), generando todo ello un impacto importante en su salud física y emocional, a costa de seguir las pautas impuestas para el cuidado de una sociedad capitalista, patriarcal y neocolonial.

 Recogemos las diferentes Leyes, Decretos y Normas referidas al cuidado: La Constitución Española, en su artículo 14, recoge el derecho a la igualdad y a la no discriminación, y su artículo 9.2 menciona que “corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra, sean reales y efectivas (…) remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social.” La Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, tiene por objeto “hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres, mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de su vida.” La Ley de Igualdad de mujeres y hombres en la C.A. de Euskadi. (Ley 4/2005) La Ley 3/2012, de 16 de febrero, por la que se modifica la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y la Ley sobre Creación de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer. La IV Conferencia Mundial Beijing 1995, en su declaración artículo 13, señala que “el empoderamiento de las mujeres y su plena participación en condiciones de igualdad, en todas las esferas de la sociedad, incluyendo la participación en los procesos de tomas de decisiones y el acceso al poder, son fundamentales para el logro de la Igualdad, el Desarrollo y la Paz.” La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, y más en concreto el art. 19 dice expresamente “ Los Estados Partes en la presente Convención reconocen el derecho en igualdad de condiciones de todas las personas con discapacidad a vivir en la comunidad, con opciones iguales a las de las demás, y adoptarán medidas efectivas y pertinentes para facilitar el pleno goce de este derecho por las personas con discapacidad y su plena inclusión y participación en la comunidad, asegurando en especial que: a. Las personas con discapacidad tengan la oportunidad de elegir su lugar de residencia y dónde y con quién vivir, en igualdad de condiciones con las demás, y no se vean obligadas a vivir con arreglo a un sistema de vida específico; b. Las personas con discapacidad tengan acceso a una variedad de servicios de asistencia domiciliaria, residencial y otros servicios de apoyo de la comunidad, incluida la asistencia personal que sea necesaria para facilitar su existencia y su inclusión en la comunidad y para evitar su aislamiento o separación de ésta; c. Las instalaciones y los servicios comunitarios para la población en general estén a disposición, en igualdad de condiciones, de las personas con discapacidad y tengan en cuenta sus necesidades.” Ley 4/2017, de 9 de marzo, de Derechos y Garantías de las Personas en el Proceso de Morir. Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.Resolución de 23 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Convenio especial de cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia R.D. 615/2007. Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y las metas que marca la Agenda 2030, es uno de los retos con el que Euskadi y Gipuzkoa están firmemente comprometidos. “Objetivo 5. Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas.” Metas: 5.1 Poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo 5.4 Reconocer y valorar los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados mediante servicios públicos, infraestructuras y políticas de protección social, y promoviendo la responsabilidad compartida en el hogar y la familia, según proceda en cada país. 5.5 Asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública. “Objetivo 8. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.” Meta: 8.8 Proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios. “Objetivo 10. Reducir la desigualdad en los países y entre ellos.” Meta: 10.2 De aquí a 2030, potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición.

 Las diferentes asociaciones que de una forma u otra nos dedicamos al ámbito de los cuidados, -bien por dedicarnos a proveer servicios de cuidados o por representar a las personas que lo hacen y bien porque requerimos de esos cuidados, de esos apoyos en nuestro día a día- participamos en los Consejos Sectoriales de Acción Social y de Igualdad, llevamos aproximadamente 10 años trabajando directamente el tema de los cuidados a través del Grupo Motor del Consejo Sectorial de Igualdad, creando un espacio común de reflexión y acción desde la perspectiva feminista.

 La Legislación de Régimen Local, el Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián y la Norma Orgánica de Participación Ciudadana en su “TÍTULO III Órganos de participación Artículos 32: Los Consejos Sectoriales y 33 Regulación de los Consejos Sectoriales”, contemplan la posibilidad de crear Consejos de Participación Sectorial Permanentes que se constituyen como espacios para el asesoramiento, la información, el debate, el estudio y la propuesta en relación con asuntos en un área concreta de la política municipal. 

Es por ello que tomando nota de las diferentes Asociaciones dedicadas de una forma u otra al ámbito de los cuidados, y pertenecientes a los Consejos Sectoriales de Acción Social y de Igualdad, hemos llegado a las siguientes conclusiones: 

a) Los cuidados deben ser tenidos en cuenta como un derecho fundamental, no exclusivamente como una atención.

 b) Los cuidados deben tener un abordaje prioritario y transversal.

 c) Los cuidados deben efectuarse desde la igualdad de trato y oportunidades, para erradicar una desigualdad latente en la educación/formación y poner en primera persona la aplicación de las leyes que de una u otra forma obstaculizan la presencia de las mujeres y hombres y su cuidado personal, familiar y laboral.

 d) Necesitamos reivindicar los cuidados y adecuarlos al grito popular. 

e) Porque la pandemia del COVID nos ha hecho reflexionar que ante situaciones límites, la estructura del cuidado debe ser prioritaria y debe adelantarse con planes concretos que mitiguen los problemas ocasionados.

 f) Las Asociaciones como entidades participativas debemos agruparnos y aunar esfuerzos para conseguir un modelo actual de cuidados, que ponga en antecedentes la necesidad de un cambio de valores, una corresponsabilidad en los mismos, con el apoyo de las instituciones públicas.

 En base a ello, las Asociaciones abajo firmantes, inscritas en el Registro Municipal, vemos necesaria la creación de un Consejo Sectorial de Cuidados, por los siguientes motivos:

 1.- Es necesario abordar los cuidados desde una perspectiva de carácter transversal dada la prioridad e importancia que tienen, ya que afectan a todos los ámbitos de la vida.

 3.- Es necesario hablar de manera muy específica del modelo de cuidados, dentro del sistema actual, debido a las situaciones precarias en las que se encuentran las mujeres, con el fin de poner los mismos en el centro de las políticas públicas.

 4.- Es necesario disponer de una herramienta en las políticas municipales en esta materia. 

5.- Hay que crear un espacio donde se trabajen los cuidados como centrales y prioritarios (desde la centralidad y la prioridad de los mismos) 

 6.- Hay que crear un espacio para aunar criterios en el seno de las políticas públicas. 

7.- Hay que crear un espacio donde la reflexión sobre el modelo de cuidados y las condiciones que se brindan, puedan realizarse con calidad y exclusividad, atendiendo a los problemas reales de la ciudadanía teniendo en cuenta la distinta realidad en este sentido de las mujeres y los hombres. 

8.- Los cuidados deben ser abordados en un único Consejo Sectorial Municipal, con la ayuda inestimable del resto de los Consejos Municipales, donde en todos y cada uno de ellos, se trata el tema de los cuidados, muy especialmente en el Consejo de Acción Social, donde las ayudas proporcionadas son base para intentar erradicar las necesidades inherentes de personas con riesgo de exclusión social.

 9.- El Consejo Municipal de Cuidados debe abordar de forma consultiva y asesoramiento las buenas prácticas, la educación en valores y la reivindicación de los derechos de hombres y mujeres a cuidar, ser cuidados, con total transparencia y libertad, e igualmente tratar los derechos de toda la ciudadanía a no ser precarizada por el hecho de ser la herramienta para brindar los propios cuidados. 

En resumen: SOLICITAMOS la creación de un nuevo Consejo Sectorial de Cuidados que servirá para desarrollar dinámicas deliberativas, manteniendo una actuación especializada en la materia y en su composición. Como un espacio para el ejercicio de la democracia participativa y activa y un canal de interlocución entre los distintos Consejos Sectoriales. Con un valor e importancia en el desarrollo de la política municipal. Con el fin de canalizar las demandas y las propuestas, en aras a un cambio de valores y la consolidación del sistema democrático y constitucional, siendo éste nuestro objetivo fundamental para conseguir una sociedad más igualitaria. Alineado con las reflexiones y nuevos enfoques que se están abordando desde las diferentes instituciones en materia de cuidados. Y donde se garantizaría en ese Consejo la participación de los y las diferentes agentes que intervienen en las políticas de cuidados, en especial de las propias personas que requieren de cuidados o apoyos. Es necesario, por tanto, unir fuerzas para que el cuidado deje de estar invisibilizado, y se creen redes con los recursos existentes (como los locales, Casa de las Mujeres), con información y acciones comunes, que reporten resultados acordes para que todas las personas podamos libremente cuidar y recibir cuidados con dignidad. 

Asociaciones firmantes: ASOCIACIÓN ASADE ELKARTU MARA-MARA ELKARTEA BIDEZ BIDE GAUTENA ASOCIACIÓN ARRATS LAGAEL PLAZANDREOK HAURRALDE ASOCIACIÓN CASA DE LAS MUJERES DONOSTIA GRUPO DE TRABAJADORAS DEL HOGAR SOS RACISMO GIPUZKOA