CONVENIOS
DIGNIFICACION PARA LAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL SAD (SERVICIO DE AYUDA DOMICILIARIA)
Hay que reconocer la dureza del trabajo del SAD, un servicio esencial, altamente feminizado, donde las herramientas tanto físicas como ment...
martes, 3 de junio de 2025
domingo, 1 de junio de 2025
RECONOCIMIENTO AL SAD DEL AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA
Dada la
importancia del SAD como servicio esencial, tan presente en la pandemia
del COVID 19, nuestra Asociación desea dejar constancia y solicita un
reconocimiento del mismo a través del propio Ayuntamiento, a las
trabajadoras sociosanitarias que ejecutaron los servicios del mismo, en
época de pandemia.
Las
consecuencias del estado de alarma provocaron que el SAD fuera declarado
SERVICIO ESENCIAL, trabajando desde el primer día ( 14 de marzo 2020)
para dar servicio a todas y cada una de las personas usuarias del mismo,
las cuales se encontraban solas en sus domicilios, no pudiendo acudir
ni tan siquiera a los Centros de Día, que permanecieron cerrados, ni a
la presencia de sus propios familiares, y dándoles igualmente servicio
en el hotel Mª Cristina, al servicio de Osakidetza, pero con
trabajadoras del SAD, sino deseaban volver a sus domicilios hasta la
recuperación de los enfermos leves de COVID-19.
Recordamos
que el Ayuntamiento de Donostia, lo hizo constar e igualmente iluminó
el Consistorio de Azul, para dar visibilidad a la situación más
vulnerable que ha tenido la ciudad de Donostia, en muchos años,
aplicando igualmente un montón de medidas municipales para paliar en la
medida de lo posible los servicios y ayudas sociales tan necesarios en
esas circunstancias.
Recordamos
asimismo que las sociosanitarias del SAD fueron a trabajar con epis de
protección, cuyo material escaseaba, teniendo en muchas ocasiones que
suministrarse ellas el material insuficiente, tales como mascarillas y
equipo completo de protección.
El
Ayuntamiento igualmente ayudó al suministro de material de protección a
la empresa adjudicataria, que esos momentos también era Aztertzen.
Igualmente,
se solicitó al alcalde del Ayuntamiento de Donostia, D. Eneko Goia, a
través de Twiter,y a nivel privado, para que reactivara líneas de BUS,
que habían sido suspendidas por la poca afluencia de usuarios, con el
fin de poder llegar a los domicilios puntualmente.
Se
nos concedió igualmente permiso para quedarnos solas en los bancos de
parques públicos, a la espera de entrar en los siguientes servicios a
prestar, con nuestro propio café y comida, ya que todos los
establecimientos hosteleros estaban cerrados.
Asimismo,
se nos permitía una vez abiertos los supermercados, entrar las primeras
para hacer las compras para las personas usuarias.
Se
concedió un permiso para poner coches de personal de Aztertzen en
lugares estratégicos para poder recoger material como batas, zuecos,
mascarillas, etc, en un horario determinado, y no acudir a la propia
Empresa, la cual mayoritariamente funcionaba a través de TELETRABAJO, a
excepción por supuesto del personal sociosanitario.
Cada
vez que se habla de los servicios prestados por taxistas, personal
sanitario, recadistas, etc, se excluye y se invisibiliza la figura de
las sociosanitarias del SAD, al menos en los medios de comunicación,
cuando además del servicio del SAD, se realizaron igualmente llamadas
telefónicas a personas mayores a través de la iniciativa de Lagunkoia,
así como de diversas ONGs como Nagusilan, Adinkide, Teléfono de la
Esperanza, etc.
La
visibilización de los cuidados en el ámbito privado y familiar es
absolutamente necesario, y la figura de la sociosanitaria en el servicio
de ayuda domiciliaria SAD, es fundamental y esencial, no únicamente en
época de pandemia.
Por todo
lo anteriormente indicado y citado, esta Asociación solicita un
reconocimiento a la labor del SAD, especialmente a las más de 350
personas, mayoritariamente mujeres, que lo ejercitan.
lunes, 2 de diciembre de 2024
CONDICIONES SAD DONOSTIA - AZTERTZEN 2025
A.S.A.D.E.
CONVENIO AZTERTZEN 2023-2026 SAD DONOSTIA
|
AÑO 2025 – JORNADA COMPLETA |
|
Salario base 1.647,95 € Trienio 27,32 € P.Transporte 57,90 € RECORDATORIO: EL PLUS DE TRANSPORTE SE COBRA ENTERO PARA TODAS LAS JORNADAS YA SEAN COMPLETAS O PARCIALES, Y EN 12 PAGAS |
|
DOMINGOS: 17,79 €/HORA FESTIVOS: 19,57 €/HORA Plus de festivos de especial significación (25 de Diciembre y 1 de enero). Además de la retribución como festivo los días 25 de diciembre y 1 de enero se retribuirá la cantidad de 36,89 €/día |
|
GASTOS LOCOMOCIÓN EN COCHE: 0,34 céntimos por KM |
|
JORNADA ANUAL: 1.592,50 HORAS REPARTIDAS EN: JORNADA SEMANAL: 1.500,00 HORAS Y TIEMPO DE DESPLAZAMIENTO ENTRE SERVICIO Y SERVICIO 92 HORAS Y MEDIA ANUALES.. JORNADA DE LUNES A SÁBADOS ALTERNOS: EL SABADO ALTERNO FINALIZA A LAS 12,00 HORAS. |
|
DISPONIBILIDAD HORARIA: (DEL 1ER. AL ULTIMO SERVICIO) HASTA 18 HORAS/SEMANALES: 5 HORAS DE 19 A 24 HORAS SEMANALES: 7 HORAS DE 25 A 29 HORAS SEMANALES: 9 HORAS DE 30 A 35 HORAS SEMANALES: 10 HORAS |
DESCANSO ININTERRUMPIDO PARA COMER: ENTRE LAS 12,00 Y LAS 16,00 HORAS: MINIMO 2 HORAS – MAXIMO 4 HORAS.
DESCANSO SEMANAL: DIA Y MEDIO ININTERRUMPIDO.
ENFERMEDAD COMUN: 1ª BAJA 100% BASE REGULADORA (+7 DÍAS)
2ª BAJA 80% SALARIO BASE
1ª BAJA 80% SI NO SUPERAS LOS 7 DÍAS
ENFERMEDAD PROFESIONAL: 100% BASE REGULADORA
ACCIDENTE LABORAL: 1ª BAJA 100% BASE REGULADORA
2ª BAJA: 100% SALARIO BASE
jueves, 26 de septiembre de 2024
miércoles, 21 de agosto de 2024
HORAS DE CONTRATO Y TIEMPO DE DESPLAZAMIENTO AYUDA A DOMICILIO
En esta nueva entrada vamos a explicaros cómo debe computarse el tiempo de desplazamiento que tenéis de un servicio al siguiente que realizáis y si la realidad es que os lo pagan o os lo descuentan de vuestra jornada máxima anual, estipulada en vuestro convenio colectivo, ya sea estatal, provincial, autonómico o de empresa.
1) El tiempo de desplazamiento es TIEMPO EFECTIVO DE TRABAJO.
2) El tiempo en cada servicio es TIEMPO EFECTIVO DE TRABAJO.
3) La jornada máxima anual es el conjunto de horas trabajadas y el conjunto de horas de desplazamiento entre servicio y servicio.
Ahora hay que mirar en cada convenio, que viene puesto a este respecto.
1) Si la jornada anual la dividen entre los dos conceptos trabajados
2) Si la jornada anual viene desglosada en 1 solo concepto
3) Si la jornada anual viene desglosada por cada concepto.
ES MUY IMPORTANTE, YA QUE NO DEBEN ENGAÑAROS Y AL FINAL NO PAGAROS EL EXCESO DE JORNADA POR EL TIEMPO DE DESPLAZAMIENTO.
Me explico:
Vuestra nómina refleja exclusivamente el salario base y todos los conceptos de acuerdo con vuestra jornada de trabajo reflejada en vuestro contrato de trabajo. NO PONE NUNCA, JORNADA DE TRABAJO X Y DESPLAZAMIENTO Y.
Sin embargo, si vuestra planificación es de 30 horas por ejemplo, habrá que saber si esas 30 horas son la suma de los horarios de los usuarios unicamente, o es la suma añadida al tiempo de desplazamiento.
Ejemplo:
1) En el convenio de Azterzen Donostia, Convenio de empresa , indica la jornada anual de trabajo, lo que son horas a realizar segun planificación y contrato de trabajo, y da un computo del tiempo de desplazamiento máximo que hay que realizar.
1.592 horas anuales de las cuales 1.500 horas son horas de servicio y 92 de tiempo de desplazamiento.
Pero todo lo que sobrepase las 1.500 horas de servicio serán horas extras a pagar o compensar, y sin embargo todo lo que sobrepase 92 horas de tiempo de desplazamiento, os lo comeis con patatas, porque ni lo pagan ni lo compensan.
2) En el convenio provincial de Vizcaya de Ayuda a domicilio, son 1.592 horas anuales , de las cuales 1.362 horas son de trabajo efectivo, y se presupone porque no lo dice, que el resto hasta 1.592 horas anuales serán lo correspondiente al tiempo de desplazamiento?
3) En otros convenios de empresa, se compensa con dinero el tiempo de desplazamiento, que OJO, es por jornada completa, siendo menor si a jornada parcial.
4) En el convenio estatal, dice que todo es tiempo efectivo de trabajo, pero tampoco lo divide en dos partes.
En resumen, por mucho que os quieran engañar, si EL CONVENIO HABLA DE UN COMPUTO ANUAL DE X HORAS, ESAS HORAS SON LAS QUE EL TRABAJADOR/A TIENE QUE REALIZAR SUMANDO HORAS DE SERVICIO CON TIEMPO DE DESPLAZAMIENTO.
NO EXISTE NUNCA UNA REDUCCIÓN DE LA JORNADA, PORQUE LO QUE NO HACÉIS EN UN DOMICILIO O EN 5 DOMICILIOS, LO HACÉIS CON EL DESPLAZAMIENTO.
Por ello es tan importante la DISPONIBILIDAD MÁXIMA DIARIA Y SEMANAL, es decir que si una jornada es de 35 o 30 horas semanales, y la disponibilidad máxima es de 10 horas , desde el primer servicio al ultimo servicio, tiene que estar incluido el tiempo de desplazamiento entre servicios, y la suma anual de los dos conceptos no puede superar el MÁXIMO DE HORAS ANUALES A REALIZAR.
martes, 6 de febrero de 2024
ELECCIONES SINDICALES.
VOTA AS.A.D.E.
EL 15 DE MARZO
DE 08,00 A 19,30 HORAS
Oficinas de AZTERTZEN
Basta ya de sindicatos de
empresa que negocian a la baja vuestras condiciones laborales y vuestros
convenios, y os venden a la primera de cambio.
Tu voto para ASADE nos dará ventaja para
seguir defendiendo vuestros derechos, dando asesoramiento e información desde
el minuto 0.
Acordaros que
en el próximo convenio colectivo ASADE seguirá apostando por que el tiempo de
desplazamiento total sea tiempo de trabajo
Que vuestros
permisos retribuidos sean más amplios, como el acompañamiento a vuestros
conyuges al médico.
Basta ya de
tantos contratos eventuales con jornadas precarias.
ELECCIONES SINDICALES AZTERTZEN SAD DONOSTIA.
Fuera sindicatos de empresa, promesas incumplidas, contratos precarios
Tu voto a A.S.A.D.E.
por un nuevo convenio digno con la ayuda de
A.S.A.D.E.
Por un buen asesoramiento e información fidedigna
Tu voto a A.S.A.D.E.
Basta ya de mentiras y manipulaciones
Tu voto a A.S.A.D.E.
TU VOTO ES SECRETO
Tu voto a A.S.A.D.E.

