CONVENIOS

EL SAD NO ES UN SERVICIO DE LIMPIEZA

    ¿CÓMO DENUNCIAR EL USO INDEBIDO DEL SAD QUERIENDO CONVERTIRLO SOLAMENTE EN UN SERVICIO DE LIMPIEZA?   El problema es cuando el se...

lunes, 28 de septiembre de 2026

EL SAD NO ES UN SERVICIO DE LIMPIEZA

 

 ¿CÓMO DENUNCIAR EL USO INDEBIDO DEL SAD QUERIENDO CONVERTIRLO SOLAMENTE EN UN SERVICIO DE LIMPIEZA?

 

El problema es cuando el servicio se convierte de hecho en limpieza por exigencia de la persona usuaria, fuera de las necesidades y pautas del servicio. Durante demasiado tiempo hemos aguantado situaciones que no deberían recaer sobre las auxiliares de ayuda a domicilio. Llegamos a un domicilio para prestar un servicio de atención y cuidados y nos encontramos, cada vez con más frecuencia, con una frase que muchas compañeras conocemos demasiado bien:

 

A mí no me tienes que ayudar. Tú vienes a limpiar.

 

No hemos venido a ser la chica de la limpieza de nadie.

 

El SAD incluye determinadas tareas domésticas. Pero también incluye atención personal, higiene, alimentación, movilización, autonomía, acompañamiento, apoyo en actividades de la vida diaria y apoyo a las relaciones con el entorno. Además, la auxiliar trabaja siguiendo las pautas establecidas por la coordinación del servicio. El propio convenio diferencia la categoría de Auxiliar de Ayuda a Domicilio de la de Personal de Limpieza y Lavandería/Planchado. Por eso ha llegado el momento de dejar de normalizarlo. Si una persona usuaria rechaza la atención que tiene establecida y exige que la auxiliar se dedique exclusivamente a limpiar, hay que comunicarlo. Si se solicitan tareas que no corresponden al servicio, hay que comunicarlo. Si existen indicios de que la situación real del domicilio no coincide con la información utilizada para reconocer o mantener determinadas prestaciones, hay que comunicarlo. Y aquí hay algo que debemos tener muy claro: la auxiliar no es inspectora, no es trabajadora social y no es quien tiene que decidir si existe fraude. Pero tampoco tiene por qué callarse.

 

La Ley 39/2006 contempla como infracción negar información o proporcionar datos falsos, así como obstaculizar la inspección, entre otras conductas. También establece consecuencias administrativas, que pueden incluir pérdida de prestaciones y reintegro de cantidades indebidamente percibidas, según el caso.

 

¿QUÉ TENEMOS QUE  HACER?

1. DOCUMENTAR.

Fecha, horario, servicio, tareas asignadas, qué nos pidió la persona usuaria, qué rechazó y cualquier incidencia. Sin publicar nombres, direcciones ni datos personales.

2. COMUNICARLO A LA EMPRESA.

Por escrito. Que quede constancia de la incidencia y que la coordinación determine cómo debe prestarse el servicio.

3. PEDIR QUE SE REVISE EL SERVICIO.

Si la realidad del domicilio no coincide con las necesidades o pautas establecidas, corresponde a los responsables del servicio revisarlo.

 

4. COMUNICAR POSIBLES IRREGULARIDADES A LOS SERVICIOS SOCIALES COMPETENTES.

No acusamos a nadie de fraude sin pruebas. Informamos de hechos e indicios para que la Administración investigue.

5. SOLICITAR INSPECCIÓN CUANDO PROCEDA.

Si después de comunicar los hechos la situación continúa o existen indicios suficientes, utilizaremos los cauces administrativos correspondientes.

6. DENUNCIAR TAMBIÉN LOS ABUSOS LABORALES.

Si una empresa nos obliga a realizar tareas que no corresponden, ignora las incidencias, permite presiones de las personas usuarias o incumple nuestras condiciones laborales, esa situación también debe quedar documentada y reclamarse por la vía laboral correspondiente.

7. NO ENFRENTARNOS SOLAS.

Una auxiliar no debería tener que discutir con una persona usuaria para defender qué es y qué no es su trabajo. La empresa y la Administración tienen responsabilidades de coordinación, información y control. El convenio atribuye a la coordinación funciones de seguimiento, resolución de incidencias e información a las personas usuarias.

 

¿Qué servicio tiene reconocido?

¿Qué necesidades tiene establecidas?

¿Qué tareas corresponden a ese servicio?

¿Quién está informando a las personas usuarias?

¿Quién está controlando que el SAD se utilice correctamente?

Porque cuando el sistema falla, la última persona de la cadena no puede ser siempre la auxiliar.

 

No vamos a negar las tareas domésticas que forman parte del SAD. Vamos a denunciar que el SAD se convierta en limpieza encubierta. No vamos a enfrentarnos a las personas dependientes. Vamos a exigir que se informe correctamente a quienes reciben el servicio.

Somos Auxiliares de Ayuda a Domicilio. Cuidamos. Acompañamos. Movilizamos. Ayudamos. Apoyamos la autonomía. Atendemos necesidades. Y también realizamos determinadas tareas del domicilio cuando forman parte del servicio. Pero una cosa es prestar atención domiciliaria y otra muy distinta convertir a una profesional del SAD en una trabajadora de limpieza para satisfacer cualquier exigencia particular.

 

JUNTAS VAMOS A DEFENDER NUESTRO TRABAJO.

EL SAD ES UN SERVICIO DE ATENCIÓN Y CUIDADOS

NO SOMOS SERVICIOS DE LIMPIEZA.

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lunes, 14 de septiembre de 2026

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

 

El Servicio de Ayuda a Domicilio gestionado por el Ayuntamiento y adjudicado a empresas privadas, está elaborando los pliegos de condiciones para la contratación el próximo año 2027.
Subirá el precio/hora a otorgar a la empresa ganadora, y deberá tener en cuenta el convenio colectivo de las sociosanitarias subrogadas.
 Porqué decimos esto, muy sencillo. ¿Cuanto dinero termina repercutiendo en la plantilla del SAD?
Si  el Ayuntamiento contrata una empresa privada para gestionar el servicio de ayuda a domicilio, es para dar un servicio de calidad con cuidados dignos y de larga duración, pero no nos olvidemos que la herramienta de trabajo la sostienen las trabajadoras del sector, las cuales deben ser tratadas con dignidad, con salarios dignos, estabilidad en el empleo, jornadas no precarias, pago de los desplazamientos entre servicios, como tiempo efectivo de trabajo y una buena prevención de riesgos laborales, así como formación y reciclaje continuos. 
Por ello, solicitamos al Ayuntamiento de Donostia que la licitación se efectúe teniendo en cuenta el convenio colectivo, que todavía está sin firmar, y vence el 31 de diciembre 2026. 
 En esta ocasión, las trabajadoras exigen que todo su desplazamiento entre servicios sea considerado tiempo efectivo de trabajo, pero sin trampas.  Que sus salarios sean dignos, ya que la mayoría de sus jornadas de trabajo son parciales y partidas. 
Necesitamos transparencia y garantías de que la financiación  del servicio de ayuda a domicilio se traduzca en mejor servicio y mejores condiciones laborales. El futuro del SAD depende de la calidad del servicio en todos los niveles, ya que la dignificación de quien sostiene este servicio es pilar fundamental para sostener la vida de las personas.