PERMISOS PARA LA CONCILIACIÓN VIGENTES DESDE JULIO DE 2025
AMPLIACIÓN PERMISO POR NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR – 19 SEMANAS
.- 6 semanas obligatorias ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto a jornada completa.
.- 11 semanas: en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, tras las 6 obligatorias hasta que el hijo o hija cumpla 12 meses.
.- 2 semanas: en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el hijo o hija cumpla 8 años. * * También en supuestos de adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento.
FAMILIAS MONOPARENTALES 32 SEMANAS
.- 6 semanas obligatorias ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto a jornada completa.
.- 22 semanas: en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, tras las 6 obligatorias hasta que el hijo o hija cumpla 12 meses.
.- 4 semanas: en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el hijo o hija cumpla 8 años. * * También en supuestos de adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento.
RETRIBUCIÓN AL 100% POR LA SEGURIDAD SOCIAL.
APLICACIÓN:
En vigor al día siguiente de su publicación en el BOE (30 de julio de 2025). La ampliación del permiso por nacimiento —el de las 17 semanas- no es retroactiva. Respecto a las 2 semanas retribuidas por cuidado será de aplicación para nacimientos y adopciones a partir del 2 de agosto del 2024. Es decir, aquellas personas con hijos/as menores de 8 años nacidos antes del 2 de agosto de 2024 no podrán ejercer este derecho. El derecho podrá disfrutar desde el día 1 de enero de 2026.
PERMISO PARENTAL DE 8 SEMANAS NO RETRIBUIDO
Permiso anterior, ya recogido en los art. 49 g del EBEP y 48 bis del ET Continúa el permiso parental para el cuidado de hijo/a o menor acogido/a por tiempo superior a un año, que podrá disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años. Este permiso, de duración no superior a 8 semanas, continuas o discontinuas, es intransferible y podrá disfrutarse a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial. Se cotiza a la S. Social. Sin embargo, NO es RETRIBUIDO.