Las consecuencias de la sentencia del TJUE:
millones de pensionistas podrían reclamar una subida de su prestación
El Tribunal de Justicia de la UE cuestiona la
norma con la que la Seguridad Social calcula las pensiones de los trabajadores
a tiempo parcial.
Jubilación Ordinaria. Cuantía. Trabajadores a tiempo parcial
·
La base reguladora de las prestaciones de jubilación e incapacidad
permanente se calculará conforme a la regla general.
·
A efectos de la determinación de la cuantía de las pensiones de jubilación
y de incapacidad permanente derivada de enfermedad común, el número de días
cotizados que resulten de la aplicación del coeficiente de parcialidad (segundo
párrafo de la letra a) del artículo 247 de la LGSS), se incrementará con la
aplicación del coeficiente del 1,5, sin que el número de días resultante pueda
ser superior al período de alta a tiempo parcial.
Esto es lo que dice la norma (aquí, en la web de la Seguridad Social). Como en la mayoría de los textos legales, la redacción es algo farragosa
y hay que leerlo 3 ó 4 veces para entenderlo bien. Pero al final, la cuestión
parece clara. Para determinar la prestación de jubilación de aquellos
trabajadores que tengan períodos de cotización a tiempo parcial hay que hacer un par de cálculos.
En primer lugar, obtener su "coeficiente
de parcialidad" (que podría traducirse como el porcentaje de
jornada trabajado). Por ejemplo, un trabajador que siempre haya trabajado a
tiempo parcial por el 50% de la jornada completa, tendrá un coeficiente del
50%. O lo que es lo mismo, cada día cotizado le contará sólo a
la mitad. Luego, hay que aplicarle el coeficiente del 1,5. En este caso: 50% *
1,5 = 75%. Por lo tanto, si este trabajador tiene una carrera de 30 años, 360
meses, para el cálculo de su pensión se le reconoce un período teórico de alta
equivalente a 22,5 años – 270 meses.
En 2019, la base reguladora será el cociente que resulta de dividir por 308
(22 años a razón de 14 pagas) las bases de cotización del interesado durante
los 300 meses (22 años a razón de 12 cotizaciones) inmediatamente anteriores al
del mes previo al del hecho causante. A partir del año 2022, la base reguladora
será el cociente que resulta de dividir por 350 (25 años por catorce pagas) las
bases de cotización del interesado durante los 300 meses (25 años por 12 cotizaciones)
inmediatamente anteriores al del mes previo al del hecho causante.
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